Marquillas de alto impacto.
La normativa gráfica de empaquetado, venta y consumo de productos de tabaco fue instaurada por resolución del Ministerio de Salud de la Nación el 17 de Abril, en su condición de autoridad de aplicación de la ley 26.687 de Control del Tabaco. Establece que los empaquetados y envases de productos elaborados con tabaco llevarán insertos una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo. En el caso de los cartones de cigarrillos, la imagen será impresa en la cara principal ; la leyenda será impresa de igual manera en la cara opuesta. El ministerio eligió 12 imágenes y 12 textos, provenientes del Banco del Mercosur: cada marca comercial debe incluir, en forma rotativa, todas las advertencias. Así por ejemplo; Fumar causa impotencia sexual; Fumar puede causar amputación de piernas; Fumar causa cáncer; Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias.El plazo para que las empresas se adecuaran a la normativa vencía originalmente en junio, pero por pedido de las tabacaleras se prorrogó hasta el 15 de Octubre.
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